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Plan de Control Tributario y Aduanero de 2024. Directrices generales de la AEAT

Mar 12, 2024 | Fiscal

El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024, contenido en la Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de la AEAT ha sido publicado en el BOE del 29 de febrero de 2024.

Abordemos a continuación algunos de los aspectos más destacados del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de este año 2024:

1.- Servicios al contribuyente por diferentes canales

Se va a incidir en la implantación del nuevo modelo de información y asistencia iniciado en 2023. Se pretende que la mayoría de estos servicios se presten de forma presencial y no presencial, posibilitando de esta forma que el ciudadano opte por una u otra modalidad (multicanalidad u omnicanalidad).

También se prevé ampliar el horario telefónico de atención al público por la tarde.

2.- Avisos por incidencias en las declaraciones de IRPF

Con el fin de corregir más fácilmente determinadas incidencias detectadas en las declaraciones de IRPF, la AEAT tiene previsto poner en marcha una campaña de avisos a los contribuyentes para informarles de las mismas. Así, podrán corregir dichas incidencias a través de una declaración complementaria antes de la actuación de la Administración.

3.- Modulación del régimen sancionador. Valoración de la conducta del contribuyente

Se pretende centrar la aplicación del régimen sancionador en las conductas más graves, por lo que se va a continuar con la revisión de los criterios para su aplicación, mejorando el procedimiento de detección de la culpabilidad.

La AEAT quiere valorar la conducta previa del contribuyente si incurre en errores o pequeños incumplimientos involuntarios, sobre todo en los supuestos en los que no existe un perjuicio económico para Hacienda y el incumplimiento se ha cometido de forma ocasional por un obligado tributario que normalmente cumple y de manera puntual.

4.- Incremento de la obtención de información para disminuir el fraude fiscal.

Para ello se prevén diferentes vías, tales como:

4.1.- Instalaciones energéticas

Mayor esfuerzo en captar información sobre la ejecución de instalaciones energéticas en viviendas y centros industriales, con el fin de garantizar más control de este sector y comprobar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

4.2.- Monedas virtuales

Nuevas obligaciones informativas. Este año 2024 será el primero en el que la AEAT va a tener información sobre saldos y operaciones con monedas virtuales; todo ello a través de:

  • Modelo 172: declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales
  • Modelo 173: declaración informativa sobre operaciones operaciones con monedas virtuales
  • Modelo 721: declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero.

Recordemos que este tema ha sido comentado en nuestro Blog anteriormente en dos ocasiones:

4.3.- Impuesto sobre Sociedades

Zona Especial Canaria. Se va a disponer de una nueva declaración informativa sobre las operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por dicho territorio.

Su finalidad es controlar la realidad de las operaciones de determinan el cálculo de los porcentajes de base imponible que aplican el tipo de gravamen especial de la Zona Especial Canaria.

4.4.- Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales

En la esfera internacional, se ha impulsado en la Unión Europea y en el ámbito de la OCDE este Foro. Se ha conseguido la implementación del Estándar Internacional de Transparencia, que incluye el intercambio internacional de información previa petición y también el automático sobre cuentas bancarias (CRS).

4.5.- Precedentes del contribuyente

Se prevé proseguir con comprobaciones si ha habido regularizaciones previas y el sujeto pasivo o su entorno familiar o económico no ha modificado su actuación y sigue teniendo un esquema de riesgo fiscal parecido.

5.- Efectos de la STC de 19 de enero de 2024

En el ejercicio 2024 la planificación se va a ver afectada por la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional de 19 de enero de 2024, sobre las modificaciones del Impuesto sobre Sociedades introducidas por el RD-Ley 3/2016, de 2 de diciembre. Recordemos que esta sentencia y las consecuencias de la misma ya fueron comentadas en su momento en nuestro Blog.

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