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IVA. Proyecto ViDA, ¿en qué consiste?

Oct 11, 2024 | Fiscal

El Impuesto sobre el Valor Añadido es una de las vías más importantes de recaudación en todos los estados miembros de la Unión Europea.

No obstante, la regulación actual del IVA es, en general, obsoleta e ineficaz para controlar el fraude fiscal. Esto es debido en gran parte a las dispares medidas implantadas por cada país miembro, que dificultan el correcto cumplimiento tributario.

Según el Informe sobre la brecha del IVA de 2023, los países de la UE perdieron 99.000 millones de euros en ingresos por IVA en 2020. Según estimaciones, una cuarta parte de los ingresos perdidos puede atribuirse directamente al fraude del IVA vinculado al comercio intracomunitario.

El proyecto ViDA (VAT in the Digital Age) tiene su origen en el Plan de Acción de la Comisión Europea, de julio de 2020.

Proyecto ViDA

¿Qué pretende el proyecto ViDA?

El proyecto ViDA realizado a nivel europeo pretende, básicamente:

  • Modernizar la normativa europea del IVA para adaptarla, de forma justa y eficaz, a la nueva realidad con un mercado cada vez más global y digitalizado.
  • Poder responder a las exigencias de un comercio electrónico con plataformas en auge y constante evolución.
  • Luchar contra el fraude fiscal, en especial el intracomunitario.

¿Cuáles son los pilares básicos?

Los pilares básicos de la iniciativa ViDA pueden resumirse en los siguientes:

1. Facturación electrónica y digital en operaciones intracomunitarias entre empresas (DRR).  Requisitos comunes y estandarizados de información digital para conseguir un intercambio en tiempo real. Ayudará a reducir el fraude del IVA y los costes administrativos y de cumplimiento para los comerciantes de la UE.

De esta forma, las empresas que realicen operaciones intracomunitarias deberán facilitar la información de sus facturas rápidamente tras su emisión, lo que proporcionará a los Estado miembros información real de esas operaciones.

Ventaja: desaparición de la obligación de presentar el modelo 349.

2. Economía de plataforma. Esencialmente mejorar la regulación del IVA y su recaudación en el caso de las plataformas digitales de alquiler a corto plazo (< 45 días), de alojamiento y servicios de transporte de pasajeros.

Este tipo de economía se refiere a actividades económicas y sociales facilitadas por plataformas digitales, que actúan como intermediarios o puntos de encuentro entre diferentes usuarios (ej: Uber, Airbnb, Amazon).

Dichos usuarios son contribuyentes que las utilizan para desarrollar y compartir recursos.

Se pretende que la plataforma que actúa como intermediario del cliente final repercuta el IVA para su posterior ingreso a la AEAT.

3. Registro único de IVA (ventanilla única, One Stop Shop, OSS). Ampliar el ámbito de aplicación de la ventanilla única a otras operaciones, tales como las importaciones y la inversión del sujeto pasivo en las transacciones entre empresas (B2B).

Permitiría registrarse solo en un país miembro para todos los servicios que preste y cumplir con las obligaciones derivadas del IVA mediante un único portal online.

Recordemos que la ventanilla única está formada por varios regímenes opcionales que simplifican las obligaciones formales de IVA para los empresarios y profesionales que entregan bienes o prestan servicios a consumidores finales en la Unión Europea.

Previamente deben registrarse en el régimen correspondiente.

¿A quién va dirigida la iniciativa ViDA?

La iniciativa ViDA va dirigida a:

  • Los obligados tributarios sujetos al IVA y,
  • Los Estados miembros, ya que deberán transponer en su normativa fiscal las medidas aprobadas por la Unión Europea al respecto y establecer los mecanismos de control necesarios. 

¿Cuándo se va a aplicar?

El 8 de diciembre de 2022 la Comisión Europea presentó un paquete de propuestas normativas que introducen importantes cambios en el ámbito del IVA, propuestas estas que están siendo ya objeto de debate en el seno de las instituciones competentes de la Unión Europea (especialmente en el Consejo).

Inicialmente estaba prevista su aplicación para el año 2028, pero de momento se ha pospuesto hasta 2030.

Existen discrepancias sobre diferentes aspectos de la iniciativa ViDA entre los Estados miembros, lo que dificulta la confirmación de un calendario.

Tras la reunión ECOFIN el pasado 21 de junio de 2024 sigue sin haber acuerdo sobre la inciativa ViDA.

Sin embargo, la mayoría de países europeos ya han comenzado a regular la facturación electrónica entre empresas.

En España, la implantación de ViDA es una de las medidas que se recogen en el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2024-2027.

Y la obligación de realizar facturas electrónicas entre empresas se irá implantando de forma gradual una vez que se apruebe el Reglamento de la Ley 18/2022, de Creación y crecimiento de empresas. Recordemos que, según se recoge en la Disposición Final 8ª de la citada Ley, una vez que se apruebe y publique el Reglamento, los plazos para la implantación obligatoria de la factura electrónica entre empresas son los siguientes:

  • Empresarios / profesionales con facturación anual > 8.000.000 €: un año
  • Resto de empresarios / profesionales: dos años

¿Tiene el proyecto ViDA beneficios para las empresas?

Pues, a grandes rasgos, se prevé:

  1. Menor carga administrativa. Motivado por la estandarización de la factura electrónica y la ampliación de la ventanilla única.
  2. Mayor eficacia comercial. Disponer de la información en tiempo real y la simplificación de los procedimientos conllevará, previsiblemente, que el tráfico comercial y sus operaciones sean más eficientes.
  3. Fortalecimiento del mercado único europeo. Será más competitivo y estará más unido por haber eliminado barreras administrativas.

En definitiva, las medidas previstas en el Proyecto ViDA pretenden simplificar el IVA intracomunitario, reducir el fraude e impulsar el comercio dentro de la Unión Europea.

Y debemos tenerlas muy en cuenta con el fin de poder planificar de la mejor forma posible los cambios que las empresas deberán acometer para adaptarse a la nueva legislación.

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