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Qué trámites se pueden realizar en la SEDE Electrónica del SEPE tras los incidentes de seguridad (actualizado)

Mar 23, 2021 | Laboral, Seguridad

Ya se han reestablecido algunos de los servicios en el ámbito de la protección por desempleo en la SEDE Electrónica del SEPE para ciudadanos y empresas tras los incidentes de seguridad que han afectado a los sistemas informáticos del organismo.

De esta forma a partir del 22 de marzo es posible realizar los siguientes trámites:

Para las personas es posible:

  • Pedir cita previa.
  • Solicitar y reconocer la prestación contributiva.
  • Solicitar la prestación y subsidio por desempleo.
  • Presentar el formulario con la pre-solicitud individual de las prestaciones por desempleo.
  • Obtener un certificado de la prestación.
  • Realizar una simulación del cálculo de la prestación.
  • Realizar la prórroga semestral de un subsidio.
  • Realizar la declaración anual de rentas para subsidios de mayores de 52 años.
  • Modificar los datos bancarios.
  • Realizar la comunicación de una situación personal, familiar, laboral o de rentas.
  • Dar de baja la prestación.
  • Realizar el desistimiento de la solicitud.

Todavía NO ES POSIBLE realizar:

  • Consultar los datos y recibo de la prestación
  • Verificar documentos electrónicos

Para las empresas es posible:

  • Realizar la comunicación de los Periodos de Actividad.
  • Realizar la comunicación de los certificados de empresa.
  • Realizar la comunicación de altas iniciales por expedientes de regulación de empleo por empleadores y empleadoras.
  • Realizar la consulta de los Certificados de Empresa por el empresario y empresaria.
  • Realizar la transmisión previa de datos sobre despidos colectivos, suspensión de la relación laboral y reducción de jornada prevista en la Orden ESS/982/2013.
  • Presentar la solicitud colectiva de prestaciones derivada de ERTE como consecuencia de la COVID-19.
  • Presentar la solicitud colectiva de fijos discontinuos desafectados de ERTE-COVID-19.

En aplicación del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, debido a las dificultades técnicas que han impedido la comunicación de ficheros entre los días 9 y 17 de marzo de 2021, se amplía hasta el 26 de marzo el plazo para la remisión de los ficheros de comunicación de periodos de actividad relativos al mes de febrero de 2021.

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