La Unión Europea ha fijado unos nuevos umbrales para las empresas. Anteriormente, en el año 2013, la Directiva europea 2013/34/UE sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo, fijó los parámetros y límites de referencia para considerar una empresa como micro, pequeña, mediana o gran empresa y también lo referente a los grupos de empresa.
Su finalidad fue armonizar los parámetros en toda la Unión Europea para así mejorar la comparabilidad de los estados financieros y los informes transfronterizos.
Los parámetros a tener en cuenta para la clasificación son el importe total del activo, volumen neto de negocio y número medio de empleados durante el ejercicio contable, ya que se considera que estos proporcionan una imagen fiel del tamaño de una empresa.
Para estar incluida en una determinada categoría, la entidad deberá comprobar si a fecha de cierre del balance, no rebasa los límites numéricos de dos de los tres umbrales señalados.

¿Cuáles son los límites actuales?
Los límites actuales, establecidos por la citada Directiva en el año 2013, son:
Para empresas:
CATEGORÍA | Nº MEDIO EMPLEADOS | VOLUMEN NEGOCIO NETO | TOTAL BALANCE |
Grande | Más de 250 | Más de 40.000.000 € | Más de 20.000.000 € |
Mediana | Entre 50 y 250 | De 8.000.000 € a 40.000.000 € | De 4.000.000 € a 20.000.000 € |
Pequeña | Entre 11 y 50 | De 700.000 € a 8.000.000 € | De 350.000 € a 4.000.000 € |
Microempresa | Máximo 10 | Menos de 700.000 € | Menos de 350.000 € |
Para grupos de empresas (*):
CATEGORÍA | Nº MEDIO EMPLEADOS | VOLUMEN NEGOCIO NETO | TOTAL BALANCE |
Grandes | Más de 250 | Más de 40.000.000 € | Más de 20.000.000 € |
Medianas | Entre 50 y 250 | De 8.000.000 € a 40.000.000 € | De 4.000.000 € a 20.000.000 € |
Pequeñas | Máximo 50 | Máximo 8.000.000 € | Máximo 4.000.000 € |
(*) Se entiende por grupos los constituidos por una sociedad matriz y sus filiales que vayan a incluirse en una consolidación y que, de forma consolidada, no rebasen los límites numéricos de, por lo menos, dos de los tres criterios fijados a fecha de cierre del balance de la sociedad matriz.
Transcurridos unos años, y siendo los últimos con elevada inflación, la Comisión Europea ha aprobado la Directiva Delegada (UE) 2023/2775, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al ajuste de los criterios de tamaño de las empresas o grupos de tamaño micro, pequeño, mediano y grande, también llamada “Directiva Contable”.
De acuerdo con datos de Eurostat, a lo largo de un período de unos 10 años, comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de marzo de 2023, la inflación acumulada alcanzó el 24,3 % en la zona del euro y el 27,2 % en toda la Unión.
Su finalidad, además de ajustar y redondear en un 25% los umbrales para tener en cuenta la inflación, es permitir la reducción de cargas administrativas y la exención de determinadas obligaciones de información a las sociedades de capital de la Unión Europea, tales como, por ejemplo, la auditoría. Ello afectaría en España, principalmente, a las sociedades de responsabilidad limitada.
¿Cuáles son los nuevos umbrales?
En la fecha de cierre del balance, no deben rebasarse los límites numéricos de, al menos, dos de los tres nuevos umbrales que se contemplan:
Para empresas:
CATEGORÍA | Nº MEDIO EMPLEADOS | VOLUMEN NEGOCIO NETO | TOTAL BALANCE |
Grande | > 250 | > 50.000.000 € | > 25.000.000 € |
Mediana | 50 ≤ 250 | 10.000.000 € ≤ 50.000.000 € | 5.000.000 € ≤ 25.000.000 € |
Pequeña | 10 ≤ 50 | 900.000 € ≤ 10.000.000 € | 450.000 € ≤ 5.000.000 € |
Microempresa | ≤ 10 | ≤ 900.000 € | ≤ 450.000 € |
Para grupos de empresas:
CATEGORÍA | Nº MEDIO EMPLEADOS | VOLUMEN NEGOCIO NETO | TOTAL BALANCE |
Grandes | Más de 250 | Más de 50.000.000 € | Más de 25.000.000 € |
Medianas | Entre 51 y 250 | De 10.000.000 € a 50.000.000 € | De 5.000.000 € a 25.000.000 € |
Pequeñas | Máximo 50 | Máximo 10.000.000 € | Máximo 5.000.000 € |
¿Qué consecuencias tiene el aumento de los umbrales cuantitativos?
Las consecuencias del aumento de los umbrales cuantitativos van a ser, entre otras, que:
- Un número elevado de pymes podrán presentar las cuentas anuales abreviadas, ya que, como hemos visto, se eleva para las pequeñas empresas la cifra del límite numérico del total del balance de 4 a 5 millones de euros y el volumen de negocios neto de 8 a 10 millones, respectivamente.
- Muchas pymes ya no estarán obligadas a auditar sus cuentas anuales.
- El número de obligados a presentar el informe de sostenibilidad será menor.
¿Y qué sucede con España?
Como sabemos, los Estados miembros están obligados a transponer a su ordenamiento jurídico interno todas las directivas aprobadas en la Unión Europea (art. 288 Tratado de Funcionamiento UE).
Y, de acuerdo con lo previsto en el Art. 2 de la Directiva Contable comentada, España debe poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva, como máximo el 24 de diciembre de 2024.
Y aplicará dichas disposiciones para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2024. No obstante, la Directiva prevé que los estados miembros pueden permitir a las empresas que las apliquen para los ejercicios comenzados a partir del 1 de enero de 2023.
España, para adaptar su normativa a lo previsto en la mencionada Directiva, deberá modificar el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital, la Ley de Auditoría de Cuentas y las disposiciones reglamentarias de desarrollo que se refieren a estos umbrales, tales como la que regula el Plan General de Contabilidad de PYMES o el Plan General de Contabilidad.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha sido el designado como responsable para llevar a cabo los trabajos de transposición de la Directiva y ya ha elaborado un Anteproyecto de ley.
En efecto, el pasado 23 de febrero de 24 finalizó el plazo de consulta pública correspondiente al Anteproyecto de ley que pretende dar cumplimiento a la Directiva Contable.
Queda pendiente aún, por tanto, su redacción definitiva, correspondiente tramitación y publicación en el BOE… lo que comentaremos en este Blog cuando se produzca.
Sociedades
Módulo de NCS Fiscal que a partir de los datos contables de las cuentas anuales, confecciona el Impuesto Sobre Sociedades, incorporando los datos históricos y las deducciones pendientes