Las principales modificaciones realizadas por la Reforma contable del Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007 de 16 de noviembre; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre; y las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, afectan a las cinco partes en las que se estructura el PGC/2007:
- Marco Conceptual. Criterios de Valoración: se modifica y amplía la definición de «valor razonable».
- Normas de Registro y Valoración: se revisan NRV nº 9. Instrumentos financieros. NRV nº 10. Existencias. NRV nº 11. Moneda extranjera. NRV nº 14. Ingresos por ventas y prestación de servicios.
- Cuentas Anuales: se modifican los formatos de Balance y Cuenta de pérdidas y ganancias, así como el Estado de cambios de patrimonio neto y la Memoria, a consecuencia de los cambios derivados de las modificaciones en las normas de registro y valoración.
- Cuadro de Cuentas: consecuencia de las modificaciones anteriores se crea nuevas cuentas, así como suprime alguna de las existentes.
- Definiciones y Relaciones Contables: se contemplan los cambios del cuadro de cuentas y se adaptan las definiciones a la nueva clasificación de los instrumentos financieros y demás modificaciones.
El motivo de los cambios es la necesidad de adaptación de nuestro Plan General de contabilidad a las normas comunitarias -Normas Internacionales de Información Financiera- NIIIF-.
En concreto, las normas de registro y valoración relativas a los Instrumentos financieros (PGC NRV 9ª) se adaptan a la NIIF-UE número 9 y los Ingresos por ventas y prestación de servicios (PGC NRV 14ª) se adaptan a la NIIF-UE número 15.
En función de los cambios en las citadas normas, se han efectuado cambios en el criterio del valor razonable, la norma de las existencias y la de la moneda extranjera.
Los efectos de estos cambios son para los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2021.
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Valor razonable. La reforma contable cambia la definición del criterio del valor razonable. El PGC/2007 define el valor razonable de forma general como el importe por el que puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas que realicen una transacción en condiciones de independencia mutua. En la Reforma de 2021 indica que será el precio que se recibiría por la venta de un activo o se pagaría para transferir o cancelar un pasivo mediante una transacción ordenada entre participantes en el mercado en la fecha de valoración.
Existencias. Se mantiene la valoración inicial de las existencias, con la salvedad de considerar, además de los bienes y servicios, la posibilidad de «otros activos» que también tuvieran esa consideración.
Además, se añade una excepción importante a la regla general, cuando los intermediarios comercialicen materias primas cotizadas, ya que podrán valorar sus existencias al valor razonable menos los costes de venta, siempre y cuando con ello se elimine o reduzca de forma significativa una «asimetría contable» que surgiría en otro caso por no reconocer estos activos a valor razonable, llevando su variación de valor a la cuenta de pérdidas y ganancias.
Moneda extranjera. Se modifica a consecuencia de los cambios provocados en la clasificación de activos y pasivos financieros de la NRV 9ª Instrumentos Financieros.
En el PGC/ 2007 se incluían dentro de la clasificación de partidas monetarias los activos financieros clasificados como disponibles para la venta, y tras la reforma se incluyen los activos a valor razonable con cambios en patrimonio neto. Igualmente, en relación con partidas no monetarias, el PGC/ 2007 incluía los instrumentos de patrimonio clasificados como activos disponibles para la venta, que se sustituye tras la reforma por la de activos a valor razonable con cambios en patrimonio neto.
Instrumentos Financieros. La NRV 9ª ha sufrido las principales modificaciones entre las que se destacan:
- Cambio en la clasificación de los activos financieros. Se reducen de seis a cuatro categorías.
- No se ha modificado la forma de estimación de los deterioros de los activos, manteniéndose por tanto lo existente.
- Cambio en la clasificación de los pasivos financieros. Se reducen de tres a dos categorías.
- Modificaciones en el registro de los instrumentos financieros híbridos para simplificar su tratamiento contable.
- Modificaciones en el tratamiento contable de la contabilidad de coberturas, dirigido a una mejor gestión del riesgo y mayor flexibilidad en los requisitos a cumplir.
En el PCG PYMES/ 2007 no se ha modificado la normativa de los instrumentos financieros.
Ingresos por ventas y Prestaciones de servicios. Como resumen de los principales cambios:
- Cambios para mejorar la contabilización del reconocimiento y valoración de los ingresos y aproximar su contenido a la NIIF-UE 15ª.
- Las entidades más afectadas serán las que prestan servicios.
- El reconocimiento del ingreso se divide en cinco etapas en las cuales se reconocen los diferentes desempeños, su valoración y cuándo se deben reconocer en el tiempo.
- Esta forma de contabilizar el ingreso ocasiona cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias de entidades donde, como consecuencia de su actividad, estas etapas marquen otro tipo de valoración por partes (obligaciones de desempeño) repartida en el tiempo.
Para un mayor desarrollo de esta norma, el ICAC ha publicado la Resolución de 10 de febrero de 2021, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios.
Cuadro de cuentas, definiciones y relaciones contables
Debido a los cambios en las normas de registro y valoración de instrumentos financieros y de ingresos, ha sido necesario incluir nuevas cuentas dentro del cuadro de cuentas y supresión de algunas de las existentes, así como sus definiciones y relaciones contables.
Reforma en los modelos de Cuentas Anuales
Hay cambios en la estructura del balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y el estado de ingresos y gastos reconocidos, ya que la modificación en las normas de registro y valoración de instrumentos financieros y de ingresos lo hacen necesario.
En cuanto a la MEMORIA, la información que debe figurar en la misma, se ha visto bastante incrementada sobre todo para los instrumentos financieros.
El objetivo de esto es que permita evaluar:
- La relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y los resultados de la empresa.
- La naturaleza y alcance de los riesgos procedentes de los instrumentos financieros, así como la forma de gestionar dichos riesgos. En base a lo anterior se amplía notablemente la información en casi todos los aspectos, pero en especial en las operaciones de cobertura, en la estimación de valor razonable y sobre todo en cuanto a riesgos.