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Protección de datos. Infracciones y sanciones

May 17, 2021 | Opinion NCS, RGPD

Ya somos conocedores de que el responsable de los datos personales debe proporcionar las instrucciones por escrito al encargado a través de un contrato de encargado del tratamiento, pues, en caso contrario, o si este no contiene todos los requisitos establecidos por la norma (art. 28.3 a) y art. 29 RGPD), realiza una cesión de los datos personales de los que es responsable. Se convierte en cedente de datos, sin pedir el consentimiento inequívoco y explícito a sus propios interesados con el fin de que el tratamiento no sea ilícito.

Por consiguiente, encargado y subencargado del tratamiento no actuarían como tales, sino como responsables y cesionarios de datos, sin informar ambos del tratamiento a los interesados para que no sea ilícito (art. 28.10 RGPD).

¿Qué consecuencias podría tener?

Pues que todos ellos sean considerados infractores de la normativa: (art. 73.l) y m) de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (en adelante, LOPDGDD):

“Art. 73. Infracciones consideradas graves.

l) la contratación por un encargado del tratamiento de otros encargados sin contar con la autorización previa del responsable […].”

m) La infracción por un encargado del tratamiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la presente ley orgánica, al determinar los fines y los medios del tratamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 28.10 del citado reglamento.”

Y, en consecuencia, imponérseles la sanción contenida en el art. 83.4 a) RGPD: “multas administrativas de 10.000.000 € como máximo o, tratándose de una empresa, de una cuantía equivalente al 2% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía”.

Por otra parte, no debemos olvidar que los interesados que se consideren perjudicados pueden exigir una indemnización por incumplimiento del RGPD o LOPDGDD, y el artículo 82.4 RGPD establece una responsabilidad solidaria entre responsables y encargados del tratamiento.

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