El pasado 2 de octubre se celebró la reunión informativa anual de la AEAT con las empresas desarrolladoras de software, donde se informa de las novedades técnicas que se van a realizar en los próximos meses y que os detallamos a continuación:
Novedades en Declaraciones Informativas
Proyecto de orden por la que se modifican las siguientes órdenes: Orden de 20 de noviembre de 2000 (M180), Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre (M182), Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre (M187), Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre (M189), Orden EHA/3895/20:
- Modelo 180. Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual. Se modifica el campo “Situación del Inmueble” con la finalidad de actualizar los actuales códigos para que sean iguales a los de otras declaraciones.
- Modelo 182. Declaración Informativa. Donativos, Donaciones y Aportaciones Recibidas. Se traslada la información relativa al titular del patrimonio protegido a los registros de tipo 2 del modelo, con la finalidad de mejorar la incorporación y traslado automático de la información a la declaración del IRPF.
- Modelo 187. Declaración Informativa. Acciones y Participaciones Representativas del Capital o del Patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva. Se incluye nuevo campo “Pago a cuenta por socio/partícipe”, para poder identificar los casos en los que, no siendo de aplicación ningún supuesto de retención o ingreso a cuenta, corresponda efectuar un pago a cuenta por el socio o partícipe que la realiza.
- Modelo 189. Declaración Informativa. Valores, Seguros y Rentas. Declaración Anual.
Se incluye un nuevo campo ”Nominal de los Valores”, para informar del valor unitario de los títulos negociados. Y se amplía el número de posiciones del campo “Número de Valores”. - Modelo 198. Declaración Informativa. Declaración Anual de Operaciones con Activos Financieros y Otros Valores Mobiliarios. La Orden HAC/1276/2019, de 19 de diciembre aplazó un ejercicio las modificaciones aprobadas en el artículo segundo de dicha norma, relativas al modelo198, por lo que serán de aplicación al ejercicio 2020, a presentar durante el mes de enero de 2021. Las modificaciones aprobadas en la Orden HAC/1276/2019 incluían nuevos campos.
- Modelo 289. Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua. Al igual que en ejercicios anteriores, se actualiza el contenido de los anexos I y II de la orden del modelo a la situación actual de los países comprometidos al intercambio de información, incluyendo en el listado a los países con los que se intercambiará a partir del ejercicio 2021.
Proyecto de orden por la que se modifican la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre (M231) y la Orden HAP/1695/2016, de 9 de octubre (M289):
- Modelo 231. Declaración Informativa. Declaración de Información País por País (CBC/DAC4). La OCDE ha indicado que debe intercambiarse información sobre las entidades residentes en territorio español de pendientes, directa o indirectamente, de una entidad no residente en territorio español que no sea al mismo tiempo dependiente de otra, así como los establecimientos permanentes en territorio español de entidades no residentes del grupo, en el caso de que la entidad no residente se negara a suministrar toda o parte de la información correspondiente al grupo a la entidad residente en territorio o español o al establecimiento permanente en territorio español. Este supuesto las entidades obligadas a presentar el 231 deben presentar la información de que dispongan y notificarán esta circunstancia a la Administración Tributaria. Sin embargo, el anexo de dicho modelo no posibilitaba comunicar a la Administración Tributaria tal circunstancia, por lo que se procede a la modificación de dicho anexo para reflejar los cambios propuestos por la OCDE en el esquema de intercambio del informe país por país.
- Modelo 289. Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua. Se establece la obligación de presentar dicho modelo sin cuentas que comunicar.
Modificación orden de guarderías (modelo 233) y Libros Registro.
- Modelo 233. Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. El objetivo de esta modificación es mejorar la calidad de la información y poder generar los datos fiscales de los contribuyentes que tengan derecho al incremento de la deducción por maternidad con mayor precisión. Los cambios son vincular el código de autorización de la guardería o centro de educación infantil autorizado a cada uno de los registros de tipo 2, registro de declarado, que se hagan constar en la declaración informativa. De esta forma, los contribuyentes titulares de varias guarderías o centros de educación infantil autorizados informarán en la declaración informativa asociando cada uno de los menores con el número de autorización a la guardería o centro de educación infantil correspondiente. También se incluye como novedad la identificación de la Comunidad Autónoma que concede la autorización y la fecha. En el caso de que la declaración informativa sea presentada por una entidad de derecho público, se debe cumplimentar el Número de Identificación Fiscal de la persona a quien se ha concedido la autorización en el caso de que esta fuera diferente. De esta forma se podrán solventar las incidencias surgidas en el caso de centros públicos cuya gestión es atribuida a personas o entidades privadas.
- Modificación de la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros registros en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas. El objetivo es que lo dispuesto en la misma sea de aplicación también a las obligaciones registrales del Impuesto General Indirecto Canario. De esta forma, los libros registro regulados en esta orden podrán ser utilizados a efectos del Impuesto General Indirecto Canario, siempre que se ajusten a los requisitos y habilitaciones que se establecen en el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Modelo 179. Declarado nulo. La sentencia del Tribunal Supremo 1106/2020 declaró nula la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
Formas de presentación de declaraciones informativas.
- Se elimina la vía de presentación EDITRAN, todos los modelos que aún disponían de este tipo de presentación se migran a TGVI OnLine.
- TGVI OnLine es la presentación para ficheros voluminosos, aunque se permite la presentación de declaraciones con cualquier número de registros.
- La presentación mediante Formulario es la recomendada en las aplicaciones de NCS. Es una forma de trabajo más trasparente para el usuario.
Modificaciones en el SII
Proyecto de orden por la que se modifica la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del IVA, aprobado por el Real decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y se modifica otra normativa tributaria.
Para el 2021 vamos a tener, al menos, las siguientes modificaciones que afectan al SII:
- Cambios y mejoras en las validaciones de presentación del SII.
- Cambios normativos y técnicos en la Orden del SII. Objetivos:
- Adaptar el SII a la llevanza de Libro Registro (LR) de determinadas operaciones intracomunitarias incluyendo también las operaciones relacionadas con las ventas de bienes en consigna (artículo 66.3 del RIVA).
- Introducir nuevos campos en el LR de facturas recibidas que permitan: tanto controlar el IVA deducido así como asistir de forma más precisa en la cumplimentación del IVA soportado deducible en el pre303.
- Marca para identificar las facturas recibidas que se correspondan o incluyan bienes de inversión (es una marca voluntaria cuyo objetivo es identificar los bienes de inversión de operaciones corrientes, AIB e importaciones).
- Se introducen campos adicionales para, en el caso de que el sujeto pasivo decida no deducir el IVA soportado en el periodo de registro, indique el ejercicio y periodo en que ejercitará el derecho a deducir (también con carácter opcional).
- Adaptar el SII a la llevanza de LR de determinadas operaciones intracomunitarias incluyendo también las operaciones relacionadas con las ventas de bienes en consigna (artículo 66.1.3ªdel RIVA introducido con el Real Decreto-Ley 3/2020 de 4 de febrero (Transpone la Directa de las quick fixes / Directiva (UE) 2018/1910 del Consejo, de 4 de diciembre de 2018).
- Otras modificaciones. Se permite consultar las facturas recibidas y expedidas por ejercicio completo.
Renta 2020
Se ha cambiado el formato de diseño de registro para el envío de datos de los programas del software comercial a la AEAT.
Hasta el 2019 se ha utilizado un fichero con formato TXT para enviar la declaración de renta al formulario para realizar la presentación telemática. A partir de 2020 cambia ese formato, ahora es XML y ya no se va a utilizar el formulario, los datos se van a enviar al programa de Renta Web y la presentación se hace desde este programa, desaparece, por tanto, la presentación en formulario para hacerlo directamente con Renta Web. Con este nuevo formato se amplían de forma considerable los datos a enviar (se multiplican por 2,5). Además de los datos que se incluían hasta ahora en la declaración se van a añadir nuevos conceptos para completar la información. Un ejemplo serían las deducciones autonómicas, hasta ahora, en la mayoría de los casos, solo se enviaba el resultado final de la deducción y a partir de ahora en necesario comunicar más datos con el fin de evitar futuras comprobaciones.
El cambio de formato a XML no afecta a los datos fiscales que envía la AEAT para la incorporación de datos. Y en cuanto a las actividades económicas en estimación directa, se va a permitir la importación de Libros de Registro de IRPF.
La modificación del formato y la ampliación de datos que conlleva implican la realización de importantes modificaciones en los programas del software comercial para adaptarlos a las nuevas necesidades.
Los beneficios del nuevo formato son:
- Flexible, permite adaptar el modelo a cambios de contenido por modificaciones normativas.
- Elimina problemas asociados con la declaración de datos con elevado número de ocurrencias.
- Reduce los requerimientos al contribuyente.
- Mayor calidad: permite realizar una validación más estricta de contenidos a través del esquema.
- Gestión más rápida de las devoluciones.
- Reducción del tamaño de los ficheros.
- Mejora legibilidad y simplifica modificación.
- Permite importar y exportar ficheros XML directamente en Renta Web y aprovechar los mensajes informativos y validaciones de este interfaz.
NCS Asesor
Suite de aplicaciones para el despacho asesor. Declaraciones, renta, sociedades, contabilidad financiera, gestión de libros, RGPD, nóminas, contratos, etc.