El año 2024 aún no ha finalizado, pero ya se encuentran en proceso de aprobación importantes reformas fiscales que van a afectar a los contribuyentes, tanto a empresas como a particulares.
Se ha publicado recientemente en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG) el Dictamen emitido por la Comisión de Hacienda sobre el Proyecto de Ley por el que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.
El citado Proyecto de Ley, aprobado por el Congreso y enviado al Senado para continuar con su tramitación parlamentaria, incluye el Dictamen de la Comisión de Hacienda, modificado con algunas enmiendas.
De esta forma se formaliza la transposición de la Directiva sobre el impuesto a las multinacionales. Según la normativa europea, cuando el tipo impositivo efectivo de este tipo de grupos empresariales sean inferior al 15%, se recaudará un impuesto adicional.
Permite a los países de la UE aplicar un impuesto complementario nacional que grave a las entidades radicadas en su territorio.
Por otra parte, esta transposición de la Directiva abre ya la puerta a liberar el quinto tramo de los fondos europeos.
Las principales novedades a destacar para el ejercicio 2025 son las siguientes:
1. Impuesto Complementario para multinacionales
Como ya hemos adelantado, se ha propuesto un impuesto mínimo global del 15% a las grandes multinacionales, como medida para lograr una mayor equidad fiscal. Se pretende evitar que este tipo de empresas eludan el pago de impuestos trasladando beneficios a otros países con menor tributación.
El plazo para el desarrollo de actuaciones inspectoras para comprobar o investigar este Impuesto se ha previsto que sea de 27 meses. Aunque en general es de 18 meses, no olvidemos que este plazo ampliado se aplica también, entre otros, a los grupos de consolidación fiscal o en grupos de entidades.
2. Impuesto Especial para Vapeadores y Productos de Nicotina
Nuevo impuesto sobre productos de tabaco alternativos, tales como líquidos de cigarrillos electrónicos, bolas de nicotina y otros similares.
Tipos de gravamen según el nivel de nicotina:
- 0’15 €/ml para líquidos de hasta 15 mgrs. de nicotina o sin nicotina y,
- 0’20 €/ml para líquidos que superen los 15 mgrs. de nicotina.
Las bolsas de nicotina y otros productos de nicotina pagarán 0’10 €/gr.
3. Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de entidades financieras
Este nuevo impuesto grava el margen positivo de intereses y comisiones en entidades de crédito y sucursales en España, con tipos progresivos hasta el 7%, en función del margen de intereses y comisiones que superen. Así, aplicará un tipo máximo del 7% a aquellas bases imponibles superiores a los 5.000 millones de euros.
Está previsto que no sea deducible en el Impuesto sobre Sociedades, aplicándose desde el 2024.
La recaudación obtenida se distribuirá entre las CCAA de régimen común, en función de su Producto Interior Bruto (PIB), siguiendo un acuerdo de financiación autonómica previo.
4. Impuesto a las grandes energéticas
Entre las nuevas medidas previstas para el año 2025, el Gobierno se ha comprometido a aprobar una proposición de ley antes del 31 de diciembre de 2024 para impulsar un impuesto a las grandes energéticas.
5. La nueva tasa de basuras
Mención expresa merece la nueva tasa de basuras, de aplicación prevista a partir de abril de 2025 y que va a encarecer la tributación por vivienda de forma significativa.
Su origen lo encontramos en la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía sostenible, aprobada el 8 de abril de 2022 con el fin de contribuir con los objetivos de la Unión Europea al respecto.
La mencionada norma estableció un plazo de tres años para que todos los municipios de más de 5.000 habitantes implantaran esta tasa, cuyo objetivo es financiar el servicio de recogida, transporte, tratamiento de basuras, mantenimiento de vertederos y reciclaje.
Anteriormente, la tasa de basuras era opcional en cada municipio y, a través de esta Ley, la tasa se convierte en obligatoria a nivel nacional.
Por lo tanto, a partir del 8 de abril de 2025 entrará en vigor y va a suponer un incremento notable de la presión fiscal. Quienes ya la pagaban van a ver cómo el nuevo importe es muy superior y aquellos que no estaban obligados, desde 2025 sí.
6. Otras novedades fiscales
Aunque se trata de impuestos ya existentes, destacaremos algunas de las novedades previstas que afectan a los siguientes:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Se propone la modificación de la escala de gravamen aplicable a la base liquidable del ahorro del IRPF, que pasa del 28% al 30% para rentas superiores a 300.000 € (subida de 0’5 puntos en la escala estatal del ahorro y otro 0’5 en la autonómica).
Por otra parte, no olvidemos que en el año 2025 los contribuyentes del IRPF tendrán una mayor carga fiscal por no llevarse a cabo la deflactación del impuesto.
Esto no implica una subida directa de los tipos impositivos, pero sí se traduce en un aumento efectivo del impuesto para la mayoría. Si no se realiza ese ajuste, la inflación actúa como un incremento fiscal encubierto.
La explicación se encuentra en que, en un contexto donde existe inflación, la falta de ajuste en los tramos y deducciones del IRPF conlleva que, a medida que los salarios suben, los trabajadores entren en tramos más altos del impuesto. Se paga más impuesto sin que mejore realmente el poder adquisitivo del contribuyente.
Impuesto sobre Sociedades
Por lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades, se prevé la reducción de tipos impositivos:
- Tipo general: 25%.
- Microempresas: reducción del 23% al 17% – 20% de forma escalonada (la BI comprendida entre 0 y 50.000 €: 17%; la BI restante: 20%).
- Empresas de reducida dimensión (ERD): reducción del 25% al 20%.
La entrada en vigor está prevista para el ejercicio fiscal 2025, con ajustes graduales durante varios periodos impositivos.
Reintroducción de límites para grandes empresas
Se realiza la corrección técnica en el Impuesto sobre Sociedades por la modificación llevada a cabo en su momento por el ministro Montoro en 2016 y que fue revocada por el Tribunal Constitucional.
Así, se fijan límites en la compensación de bases imponibles negativas (BINs):
- Del 50% para empresas con ingresos entre 20 y 60 millones de euros.
- Del 25% para empresas que superen los 60 millones.
Cambios en el Impuesto sobre el Tabaco
Se prevé:
- Una rebaja en tipos proporcionales (calculados sobre el valor de venta).
- Un aumento en tipos específicos (calculados sobre el número de unidades).
- Unificación y aumento de los importes mínimos.
Estaremos pendientes de estas y otras novedades fiscales aún pendientes de aprobar y cuya aplicación se pretende para el próximo año … y las comentaremos en este Blog.
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