El Impuesto sobre Transacciones Financieras conocido como «Tasa Tobin» y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, también conocido como la «Tasa Google», están en vigor desde el pasado 16 de enero, fecha de entrada en vigor de las normas reguladas de ambos impuestos, la Ley 5/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financiera y la Ley 4/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
La Agencia Tributaria a través su web ha publicado un aviso sobre los plazos de presentación e ingreso de ambos impuestos:
Impuesto sobre Transacciones Financieras
Su periodo de liquidación es mensual y el plazo de presentación ordinario es del 10 al 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.
No obstante, para este primer ejercicio de aplicación, 2021, la presentación e ingreso de las autoliquidaciones correspondientes a los meses de enero y febrero de 2021, se efectuará en el plazo previsto para la presentación e ingreso de la autoliquidación correspondiente al mes de marzo de 2021 (del 10 al 20 de abril de 2021). Por lo tanto, las primeras autoliquidaciones del impuesto no se presentarán hasta el 10 de abril de 2021.
Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales
Su periodo de liquidación es trimestral. Actualmente el plazo de presentación, previsto en el proyecto de orden ministerial que aprobará el modelo de autoliquidación del impuesto, es el mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación.
No obstante, para este primer ejercicio de aplicación, 2021, la presentación e ingreso de la autoliquidación del primer trimestre del 2021, se efectuará en el plazo previsto para la presentación e ingreso de la autoliquidación correspondiente al segundo trimestre de 2021 (del 1 al 31 de julio de 2021). Por lo tanto, las primeras autoliquidaciones del impuesto no se presentarán hasta el 1 de julio de 2021.
Fuente: AEAT
Autor fotografía: The Pancake of Heaven!