El blog de NCS Software para el asesor y la pyme

NCS Asesoriaweb

Desde su propia web, el asesor puede enviar y recibir los datos necesarios para asesorar a sus clientes, asistirles en sus obligaciones fiscales o laborales y responder a sus dudas

NCS Laboral

Aplicación segura y actualizada para la gestión de nóminas, seguros sociales y ERTE. Incluye portal del empleado en la nube, régimen agrícola, del mar, artistas y empleadas de hogar.

NCS Clock

Total funcionalidad del control de presencia y entrega de nóminas sin lectores, sin ordenador de marcajes, todo desde la nueva APP de NCS Clock

NCS Asesor

La suite de aplicaciones para el despacho asesor que cubre todas las necesidades de los profesionales, tanto para gestionar a sus clientes como a su propia empresa.

VERI*FACTU. ¿Va a existir un periodo de pruebas con los sistemas informáticos de facturación adaptados a la nueva normativa?

Jun 11, 2025 | Fiscal, Verifactu

Los sistemas informáticos de facturación (SIF) deben adecuarse a la nueva normativa VERI*FACTU y es conveniente tener claro si va a existir un periodo de pruebas y de adaptación, sin transcendencia tributaria.

El término “VERI*FACTU” ya es conocido por la gran mayoría de autónomos y empresas y va referido coloquialmente al Reglamento que establece los requisitos que deben cumplir los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) la Orden que lo desarrolla.

Su finalidad es dificultar, evitar y detectar que pueda cometerse un fraude durante el proceso de facturación.

También describe el nombre de uno de los dos tipos de SIF recogidos en el Reglamento que se podrán usar para cumplir con la norma: sistemas de emisión de facturas verificables o VERI*FACTU.

Verifactu periodo de pruebas

¿Cuándo entra el vigor la normativa VERI*FACTU?

Con respecto a la entrada en vigor de la normativa VERI*FACTU, sabemos que se prevé un plazo escalonado, diferenciando entre fabricantes del software y obligados tributarios y, a su vez, entre personas físicas y jurídicas, del siguiente modo:

1) Productores y comercializadores de SIF: desde el 29 de julio de 2025 están obligados a proporcionar solo SIF adaptados.

2) Obligados tributarios:

  • Personas jurídicas (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades): 1 de enero de 2026.
  • Resto: 1 de julio 2026.

¿Puedo comenzar a usar un SIF adaptado a VERI*FACTU antes de 2026?

Acerca de si se puede empezar a usar un SIF adaptado a la nueva normativa VERI*FACTU antes de que comience su obligatoriedad en el año 2026, la respuesta es .

Si un obligado tributario quiere adquirir un SIF, tiene varias opciones:

  • 1. Adquirirlo ANTES del 29/07/2025: puede estar ya adaptado o no a la nueva normativa.
    • a) si el SIF no está adaptado: el usuario solo puede usarlo hasta que la normativa entre en vigor para él (01/01/2026 ó 01/07/2026).
    • b) si el SIF ya está adaptado: el usuario puede elegir entre:
      • 1.b.1. Iniciar su utilización, ya sea del tipo NO VERI*FACTU o VERI*FACTU. En este último caso, ya remitiría los registros de facturación a la AEAT tras realizar cada factura y tendría plena validez fiscal.
        En efecto, desde el 23 de abril de 2025 están en producción y disponibles todos los servicios VERI*FACTU de la AEAT, tanto para la remisión/recepción voluntaria de registros de facturación (RF), como para el cotejo del código QR tributario y la consulta de datos. Por lo tanto, a partir de esa fecha, incluso los SIF VERI*FACTU obtienen respuesta por la remisión de los RF a la AEAT.
      • 1.b.2. No utilizarlo hasta que no sea obligatorio para él (01/01/2026 ó 01/07/2026).
  • 2. Adquirirlo DESPUES del 29/07/2025: estará adaptado obligatoriamente a la nueva normativa. En este caso, el usuario puede:
    • 2.a.) iniciar su utilización
    • 2.b.) esperar a utilizar el SIF adaptado hasta que sea obligatorio para él (01/01/2026 ó 01/07/2026).

Entonces, ¿va a existir un periodo de pruebas con el SIF ya adaptado?

Con relación a la existencia o no de un periodo de pruebas con el SIF ya adaptado a la normativa VERI*FACTU, hemos de distinguir entre los desarrolladores o fabricantes de SIF y sus usuarios, los obligados tributarios.

Fabricantes de SIF

Los fabricantes de Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) disponen de un servicio VERI*FACTU en preproducción de la AEAT (“entorno de pruebas”). Su finalidad es que lleven a cabo pruebas en la fase de desarrollo de los SIF y así poder asegurar que el producto funciona correctamente.

Los comercializadores de los productos acabados, en cambio, NO van a tener un periodo de prueba.

Usuarios del SIF

Con respecto a los usuarios, los obligados tributarios que utilizan un SIF para confeccionar sus facturas, NO se ha establecido un periodo de prueba.

En el caso de que les interese realizar pruebas de envío, han de llevarse a cabo con el certificado electrónico cualificado válido y admitido instalado (imprescindible para ser un SIF legal).

Desde ese momento, el usuario ya puede emitir facturas con él, que serán totalmente reales (con QR tributario y registros de facturación remitidos a la AEAT si se ha optado por su SIF VERI*FACTU).

¿Cómo sería el proceso a seguir por el usuario?

El proceso a seguir por el usuario tras emitir las facturas solo con el fin de hacer pruebas, sin que se hayan prestado servicios o entregado bienes, es su inmediata anulación posterior.

Es decir, el usuario tendrá que anularlas siempre, remitiéndose tras ello a la AEAT de forma automática el correspondiente registro de facturación de anulación (si es VERI*FACTU).

El obligado tributario puede identificar este tipo de facturas con alguna serie o texto, por ejemplo “de pruebas”. Como podemos comprobar, el objetivo y fin de la normativa VERI*FACTU es que quede un registro de todo lo que ocurre en el SIF. Y por ello, a pesar de ser una simple prueba, la conservación de los registros es obligatoria.

NCS Contabilidad y NCS Gestión

El control de las finanzas, la gestión y toda la información necesaria para la toma de decisiones en su empresa

Otros contenidos de nuestro blog