En los últimos meses, han proliferado titulares y publicaciones en redes sociales alertando de un supuesto endurecimiento en el control fiscal sobre los pagos realizados mediante Bizum. La preocupación ha llegado incluso a muchos particulares que, movidos por el miedo a sanciones o inspecciones, han comenzado a evitar este medio de pago en sus transacciones cotidianas.
Desde NCS Software queremos aclarar qué hay de cierto en todo esto y, sobre todo, a quién afecta realmente esta nueva obligación informativa aprobada.

¿Una nueva obligación para todos los usuarios de Bizum?
Rotundamente, no.
La nueva obligación informativa no afecta a los particulares. La Agencia Tributaria no va a fiscalizar los pagos de bizum entre amigos, familiares o cualquier tipo de transferencia entre personas físicas sin actividad económica. Así lo ha confirmado de forma clara tanto el Ministerio de Hacienda.
La confusión ha surgido a raíz de una modificación normativa aprobada en abril de 2025, que entrará en vigor en febrero de 2026, y que establece nuevas obligaciones para las entidades financieras, no para los ciudadanos. En concreto, los bancos deberán remitir a Hacienda información mensual sobre la facturación acumulada a través de Bizum y sistemas equivalentes, pero solo de aquellos usuarios que sean empresarios o profesionales establecidos en España.
¿Qué información se enviará a Hacienda?
Según el texto oficial, los bancos deberán informar mensualmente de los siguientes datos:
- Identificación completa del empresario o profesional adherido a Bizum o plataformas similares.
- Número de comercio con el que opera.
- Terminales de venta asociados.
- Importe mensual facturado mediante Bizum.
- Identificación de las cuentas bancarias o de pago utilizadas para recibir dichos cobros.
Este reporte no se realiza por operación individual, sino de forma agregada por cada empresario o profesional. Es decir, no se va a seguir el rastro de cada pago uno por uno, sino que se enviará la suma total facturada en el mes.
¿Cuál es el objetivo de esta medida?
Como es lógico, la Agencia Tributaria busca reforzar el control sobre los ingresos declarados por actividades económicas, sin poner el foco en las transacciones entre particulares.
¿Qué deben tener en cuenta asesores y pymes?
Este nuevo escenario plantea algunas cuestiones que conviene tener presentes:
- No es una obligación nueva para los contribuyentes, sino para los bancos.
- Para empresarios y autónomos que usan Bizum como medio de cobro habitual, conviene asegurarse de que esas operaciones están correctamente reflejadas en su contabilidad.
- La automatización y la trazabilidad aumentan, por lo que la coherencia entre lo declarado y lo cobrado será cada vez más relevante.
En resumen
El uso de Bizum entre particulares no será fiscalizado por esta nueva obligación informativa. Los ciudadanos pueden seguir usando esta herramienta de pago sin temor a ser investigados por ello.
Ahora bien, los profesionales y empresarios sí deben tener en cuenta que sus ingresos por este medio pasarán a estar controlados de forma más directa a partir de 2026.
EfacturaE se renueva
Nueva imagen, diseño responsivo, y adaptación completa a Veri*Factu.






